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Categoría: ORDENANZAS MUNICIPALES

28.11.08

Permalink 00:58:52, Categorías: ORDENANZAS MUNICIPALES, 274 palabras   Spanish (ES)

Quien pondrá el cascabel al gato?

ORDENANZA MUNICIPAL DE CONVIVENCIA CIUDADANA DE CASTELLÓN DE LA PLANA.

Desde el día 1 de Noviembre que se publico en el B.O.P, todos los vecinos del Raval de la Trinidad y asociados tienen a su disposición en el local de la asociación la ORDENANZA MUNICIPAL DE CONVIVENCIA CIUDADANA DE CASTELLON DE LA PLANA, igualmente podemos mandar por e-mail la Ordenanza, siempre que nos lo soliciten.

Se puede encontrar la información en la pagina de la web Municipal http://www.castello.es/archivos/546/Ordenanza_Convivencia_cas.pdf

Si que tenemos que tener claro que en nuestra Ciudad a diferencia de otras ciudades hay que hablar de ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA Y NO ORDENANZA DE CIVISMO, no mareemos con duplicidad, que ya hay bastantes cosas duplicadas en nuestras ciudad y con el mismo interés o fin.

El problema que no es problema, es que se han enterado de que ya esta en vigor la ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA, los ciudadanos que de por si no infringen ninguna norma y el resto sigue sin enterarse, reparto de octavillas en la C/ En medio, carteles en establecimientos que están cerrados, gorrillas en el puerto, en el Hospital, perritos que acampan a sus anchas, las hogueras del Caminás que no se apagan, vehículos con la música a todo volumen y muchísimas cosas más.

Comprendemos que no se puede ir persiguiendo a nadie, pero comprendemos también que se ha dejado tanto tiempo de perseguir que ha desencadenado en un Quí lo sa? Dolce Farniente,como se lee en otro blog.

Quien pondrá el cascabel al gato?


29.09.08

Permalink 19:11:28, Categorías: ORDENANZAS MUNICIPALES, 594 palabras   Spanish (ES)

Ordenanza sobre Civismo

El día 1 entra en vigor
la nueva ordenanza que prohíbe:

1. Daños o alteraciones sobre los bienes municipales.

2. Pintadas, escritos, inscripciones y grafismos en bienes públicos o privados.

3. Carteles, banderolas y otros elementos similares en lugares no autorizados.

4. Esparcir y tirar todo tipo de folletos y octavillas en la vía y espacios públicos, así como colocar publicidad sobre la parte exterior de los parabrisas de los vehículos.

5. La venta de vehículos usados realizada fuera de un establecimiento comercial, en la vía pública o en espacios de uso o dominio público por considerarse venta ambulante no susceptible de ser autorizada.

6. Talar, romper o zarandear árboles, cortar ramas y hojas, raspar su corteza o esparcir residuos en sus proximidades.

7. Subirse a los árboles, arrancar flores o plantas, pisar el césped, usar de forma indebida las plantaciones, tirar papeles o desperdicios fuera de las papeleras, encender o mantener fuego o acampar salvo que exista autorización expresa.

8. Manipular papeleras, contenedores, mobiliario urbano, así como la señalización portátil así como de las vallas o cintas policiales.

9. Abandonar en la vía pública cualquier objeto que suponga riesgo para las personas, sacudir prendas y alfombras por los balcones y ventanas y colocar maceteros en los balcones sin protección así como regar desde los balcones cuando se produzca molestias a los peatones.

10. Disparar petarnos y cohetes salvo autorización o en fiestas locales.

11. Bañarse en estanques y fuentes y lavar cualquier objeto en los mismos o animales, así como practicar juegos en estos recintos.

12. No realizar actividades que puedan ensuciar las vías y espacios públicos y no impedir o dificultar de forma deliberada el normal tránsito peatonal en aceras y calzadas.

13. Ofrecer juegos de azar que comporten apuestas con dinero o bienes en el espacio público.

14. Acrobacias con bicicletas, patines o monopatines en lugares no autorizados.

15. Conductas que bajo apariencia de mendicidad o formas organizadas representen actitudes coactivas o de asedio o impidan la libre circulación de los ciudadanos.

16. Defecar, orinar o escupir en cualquier espacio o vía pública.

17. Actuaciones agresivas, amenazadoras o insultantes contra cualquiera de las autoridades y funcionarios municipales en los actos que se celebren en edificios municipales.

18. Impedir o perturbar la celebración de actos y festejos autorizados.

19. Alterar el orden y la tranquilidad pública con actuaciones tumultuarias.

20. Consumir bebidas alcohólicas en los espacios públicos cuando se causen molestias a las personas que los utilizan o los vecinos cuando se haga con envases de vidrio o de lata.

21. La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas alcohólicas cuando supongan un peligro para la convivencia pacífica –se podrá realizar en terrazas y espacios autorizados, la zona de las tascas, en Magdalena, fiestas del Grao y diversas fiestas de calles y barrios, con autorización municipal-.

22. Venta ambulante en los espacios públicos sin autorización.

23. Realización en espacio público del tarot, videncia, masajes, tatuajes o similares.

24. Baño en los espigones o zonas donde no se permita el baño, así como el uso del jabón u otros elementos de higiene en duchas públicas de la playa.

25. Promoción, contratación o prestación de servicios de naturaleza sexual en espacios públicos a cambio de contraprestación económica siempre y cuando altere la tranquilidad y/o seguridad de los ciudadanos.

LEVES- Multas de hasta 750 euros
GRAVES- Multas de entre 751 y 1.500 euros
MUY GRAVES- Multas de entre 1.501 y 3.000 euros

05.04.08

Permalink 00:57:45, Categorías: ORDENANZAS MUNICIPALES, 229 palabras   Spanish (ES)

Valencia y Alicante ya tienen la ordenanza

Enviado a: ravaltrinitat@hotmail.com

VALENCIA

Valencia multará a partir del día 18 con 750 euros a quien venda su coche en la calle
V. G.. 04.04.2008 La grúa retirará los vehículos que exhiban en la calle el cartel de "se vende".
El Ayuntamiento de Valencia ya ha modificado la ordenanza para poder empezar a multar.

El objetivo es que no se use la vía pública como concesionario de coches.
El objetivo de esta iniciativa es evitar que se usen las calles y sus plazas de aparcamiento para hacer negocio, así como la ocupación permanente de sitios para estacionar.

El Ayuntamiento culminó el jueves los trámites para incluir este concepto en la ordenanza de circulación.

ALICANTE

La multa por vender coches en la calle sube a 3.000 euros

El Ayuntamiento de Alicante aplicará mano dura contra los vendedores profesionales de coches y motos en la calle.

Con la nueva ordenanza que regula la venta lucrativa de servicios y actividades en la vía pública (entró la semana pasada en vigor), el Consistorio eleva hasta 3.000 euros la multa a quien «exponga vehículos en la calle destinados a la venta acompañados de carteles indicativos de su precio, teléfono o dirección, aunque estén bien estacionados».

CASTELLON

http://blog.castello.es/index.php?blog=35&cat=181

http://www.elmundo.es/elmundo/2008/03/31/valencia/1206951630.html

04.04.08

Permalink 00:03:09, Categorías: ORDENANZAS MUNICIPALES, 206 palabras   Spanish (ES)

Salou quiere recuperar el comercio de calidad

No vamos mal encaminados, cuando reivindicamos que al menos hagan cumplirse unas ordenanzas al abrir un establecimiento, de estos que se están abriendo actualmente, que igual venden verduras, paraguas o cubitos.
Adornados todavía estos establecimientos con los adornos de Navidad.

Hoy nos han mandado un recorte de prensa y como nos parece muy interesante lo compartimos.

(Recorte de prensa).
El Ayuntamiento de Salou quiere recuperar el comercio de calidad del municipio y por eso durante un año no concederán nuevas licencias para abrir locutorios, bazares, tiendas de deportes en general y establecimientos dedicados a la venta de bisutería.
El objetivo del consistorio es revitalizar el comercio tradicional y de calidad y evitar así la proliferación de establecimientos que 'banalizan' la actividad comercial, según ha explicado el concejal de Planificación Territorial, Pablo Otal.

En ningún caso darán ni una sola licencia más para abrir nuevos locutorios,Durante este año de suspensión cautelar de otorgamiento de nuevas licencias, los servicios municipales buscarán una fórmula jurídica con el fin de promover el comercio especializado y de calidad que puede hacer cohesionar la población.


Leída la noticia , a que nos hace pensar …

11.06.07

Permalink 15:17:15, Categorías: ORDENANZAS MUNICIPALES, 319 palabras   Spanish (ES)

PASARIA LO MISMO SI VENDIERAMOS NUESTRAS PROPIAS NARANJAS?

Recorte de Prensa Levante 11/06/07
Astrauto recoge firmas para prohibir la venta ilegal de coches en la calle.
La Asociación de Talleres de Reparación del Automóvil y otros (Astrauto), ha comenzado una campaña de recogida de firmas para solicitar al nuevo Gobierno local de Castelló que elabore una ordenanza municipal que penalice y reconozca como ilegal la venta de coches en la vía pública.
El presidente de la entidad, Martirian Martí, explica que los dirigentes políticos de la ciudad «conocen de sobra esta reclamación nuestra porque se la hemos trasladamos ya muchas veces, pero el problema, que comenzó hace unos dos años, ha ido acuciándose».

Ha tenido que ser ASTRAUTO, la que se movilice, ante esta saturación de venta ambulante, en casi todas las calles de Castellón, sin esconderse y sin ningún problema venden y venden.

La asociación del Raval de la Trinitat, en todas de la reuniones con el Concejal hoy en funciones Carlos Tovar, se le advertía una y mil veces de la problemática, informandole que si no se zanjaba pronto el tema se les iría de la manos, pues esta reunión fue hace dos años y seguimos lamentándonos de la situación y el enfrentamiento hacia el ciudadano cuando ve claramente esta ilegalidad.
Ahora nos entristece el leer, que sean otros colectivos los que se tengan también que movilizarse, porque llegar tan lejos? si nosotros los ciudadanos, lo vemos ellos también y las cosas bien hechas siempre están bien hechas.

Así que solicitamos, que se ponga un letrero bien grande en las nuevas y mejoradas entradas a Castellón, donde diga PROHIBIDA LA VENTA AMBULANTE.

Al fin y al cabo se esta manejando un buen puñado de euros, en un mercado ilegal, donde a buen seguro no pagan impuestos.

Y las Ordenanzas Municipales?

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A.V. Raval Trinitat



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